Impuesto a la publicidad visual exterior
Declaración y pago del impuesto por la instalación y exhibición de toda publicidad exterior visual o medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.
Información de pago
Costo: Tarifa por metro cuadrado para vallas, leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, avisos o medios publicitarios análogos, diferentes a la identificación publicitaria del establecimiento. Incluye la publicidad transitoria para el caso de constructoras que hacen cerramientos autorizados mediante la instalación de vallas que portan publicidad. 2.5 UVT Tarifa por metro cuadrado para vallas tipo led y tableros digitales 3.5 UVT Perifoneo por mes UVT Perifoneo quincenal 1 UVT Publicidad Estática menor 8 metros cuadrado (Por metro cuadrado anual) 2.3 UVT Publicidad exterior Móvil (Por mes o fracción de mes) 3 UVT Publicidad dinámica y/o digital menor a 8 metros cuadrados (Por metro cuadrado anual) 13 UVT Un pasacalles por día (Inferior a 8 metros cuadrados) 0,5 UVT Publicidad combinada (Perifoneo y valla móvil por mes o fracción de mes) 4 UVT Un pendón por día (Inferior a 8 metros cuadrados) 0,5 UVT Publicidad aérea (Por día) 2 UVT Publicidad mediante paneles de cerramientos temporales (Por metro cuadrado mensual) 0,5 UVT
Requisitos
- Documentos: Haber solicitado el trámite de registro de publicidad exterior visual.
Instrucciones
- Reunir los documentos y cumplir las condiciones necesarias para realizar el trámite
- Radicar los documentos